58 Marco normativo para el funcionamiento de locales bailables, pub, salones de fiestas, clubes y otros. La Secretaria de Seguridad de la municipalidad de Gonzales Chaves pone en conocimiento de la población el marco normativo que se deberá cumplir para el funcionamiento de locales bailables, pub, salones de fiestas y clubes, cerrados o al aire libre, para poder ser habilitados a realizar tales actividades como requisito incluso para la habilitación municipal. Es importante puntualizar que es imprescindible para la habilitación municipal contar con el “informe final de obras” extendido por Bomberos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires para poder funcionar. Como así también corresponderá dar cumplimiento a demás disposiciones exigidas por la Oficina de Comercio para la correspondiente habilitación. Marco normativo El marco normativo se rige de acuerdo al Decreto 12/05 (Provincia de Buenos Aires), resolución Ministerial 2740/03, y en carácter supletorio La Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587 con su Decreto reglamentario 351/79 Capitulo 18 Anexo VII, comprendiendo: “Los establecimientos o locales que funcionen como confiterías bailables, discotecas, discos, salas de baile, clubes, confiterías, bares dancing, pubs, boites y demás locales donde se realicen actividades similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el presente decreto”.