45 La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los nuevos valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias. Ahora los valores son los siguientes: Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales. Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales. Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31.461,09 anuales. Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91.- Con estos nuevos valores los empleados pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero. Las actualizaciones de los valores están contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, donde se establece un parámetro específico de actualización a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2017.