74 El intendente Marcelo Santillán adelantó hoy en conferencia de prensa la firma del decreto municipal 864/20, cuyas pautas fueron acordadas con varios municipios de la provincia, y que establece un método de multas para las personas que no cumplan con las condiciones de la emergencia sanitaria establecidas por el Gobierno Nacional en el Decreto 714/20. A continuación, reproducimos las sanciones asociadas a las infracciones por violentar las medidas sanitarias, cuyos recursos serán derivados al sistema de salud de cada municipio, y donde la autoridad de aplicación será la Policía Comunal. 📌Por participar de encuentros, reuniones, fiestas o eventos sociales prohibidos, se aplicará multa de $4.150 a pesos $41.500.(Decreto 825/2020) 📌Por poner el domicilio para reuniones, fiestas o eventos sociales, al igual que poner predios para actividades deportivas o recreativas, la multa será de entre $41.500 a $415.000. (Decreto 825/20) 📌Por permitir el ingreso a comercios sin tapaboca la multa será de $4.150. (Decreto 825/20) 📌Por atender el comercio sin barbijo o tapaboca la multa será de $4.150. (Decreto 825/20) 📌Por no cumplir con los protocolos de seguridad la multa será de entre $2.000 a $100.000. 📌Por incumplir el aislamiento, no mantener la distancia social, estar sin barbijo/tapaboca cuando se está con otra persona o existe la posibilidad de cruzarnos con otra persona, la multa será de entre $2.000 y $100.000. (Decreto 864/2020) 📌Por el ingreso o egreso a las localidades o al Partido de Adolfo Gonzales por fuera de los accesos permitidos la multa será de entre $2.000 y $100.000. (Decreto 864/2020) 📌Por falsear datos u omitir datos para el ingreso o egreso a las localidades o al distrito, o en cualquier circunstancia que se requiera completar Declaración Jurada, la multa será de entre $2.000 y $100.000. (Decreto 864/2020).