CORONAVIRUS – COMUNICADO DE LA AYUDANTIA FISCAL DE CHAVES

El Dr. Juan Carlos Ustarroz recuerda a la población que el aislamiento ordenado en el art. 7 del decreto 260 ES OBLIGATORIO. Todas las personas que se encuentren comprendidas en los casos sospechosos mencionados en el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) deben aislarse por catorce días. ESO INCLUYE a las personas que no tengan ningún síntoma.

            No obedecer el aislamiento constituye delito penal y se recurrirá a la Fuerza Pública para que se realice además de iniciarse las acciones penales por las que se responderá cuando el aislamiento haya finalizado. En caso de no conocerse el decreto de emergencia sanitaria el siguiente link los redirigirá al mismo  https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2020031201NS.pdf

            Por último, en caso de conocerse sobre personas que hayan arribado al país tras haber transitado por zonas afectadas y/o incumplan las medidas de aislamiento preventivo deberán informar a las autoridades públicas de conformidad con lo preceptuado en el último párrafo del artículo 7 del DNU 260/20.  “…autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”

 

 

Related posts

Cuando la desinformación se convierte en política de Estado: el rol de las y los nutricionistas frente al colapso alimentario

Bahía Blanca fue sede de importantes jornadas médicas con foco en la cardiología y la formación interdisciplinaria

Dar prioridad a la lactancia materna: crear sistemas de apoyo sostenibles