DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNERO RECOMIENDA

 

La Dirección de Políticas de Género de la municipalidad de Gonzales Chaves recomienda para estas elecciones que respetemos la ley de Identidad de Género (26.743). Si sos fiscal o presidente/a de mesa, tené en cuenta lo siguiente:

Si la persona trans o no binarie que se presenta a votar realizó la modificación de su DNI, recordá que puede votar libremente. “La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponderle a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral.” (Art. 7, ley 26.743).

Si la persona trans o no binarie que se presenta a votar no realizó la modificación del DNI, recordá que la rectificación registral no es obligatoria. Es importante que, ante los y las integrantes de la mesa, identifíquese a la persona votante por su apellido, número de orden y número de DNI. “En todos los casos será relevante el número de documento nacional de identidad de la persona por sobre el nombre de pila o apariencia morfológica de la persona.” (Art. 7, ley 26.743).

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