31 El Comisario Inspector FLAVIO ARIEL BAUMGARTNER, Jefe Departamental de Seguridad Tres Arroyos, ordeno a los Jefes policiales de las diferentes comunas que integran este ámbito Departamental (Tres Arroyos, Adolfo Gonzales Chaves y Coronel Dorrego) que se extremen las medidas tendientes a controlar el estricto cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el presidente de la Nación. En el marco de la Pandemia por Coronavirus y el Decreto de la presidencia de la Nación dado a conocer en el día de ayer, en el cual se estableció un AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, esta Policía Departamental ordeno a las diferencias dependencias que la componen, siendo los Partidos de Adolfo Gonzales Chaves, Tres Arroyos y Coronel Dorrego por intermedio de cada Jefe Comunal, se extremen las medidas necesarias para dar un exhaustivo control en las calles para hacer respetar el aislamiento dispuesto que rige hasta el 31 de Marzo del corriente año, para lo que cualquier persona que se encuentre en la vía publica sin tener un motivo de justificación será APREHENDIDA por personal policial y se pondrá a disposición de la Justicia Federal y enfrentara un proceso penal por Infracción al Artículo 205 del Código Penal (EL QUE VIOLARE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA IMPEDIR LA INTRODUCCIÓN O PROPAGACIÓN DE UNA EPIDEMIA) delito que posee una pena de PRISIÓN DE SEIS (06) MESES A DOS (02) AÑOS. Para conocimiento de la población a continuación se indican algunas de las causas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio: PERSONAL DE SALUD, FUERZAS DE SEGURIDAD, BOMBEROS. AUTORIDADES SUPERIORES DE LOS GOBIERNOS y TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO CONVOCADOS PARA GARANTIZAR ACTIVIDADES ESENCIALES REQUERIDAS. PERSONAL DE LOS SERVICIOS DE JUSTICIA EN TURNO. PERSONAS QUE DEBAN ASISTIR A OTRAS CON DISCAPACIDAD, FAMILIARES QUE NECESITEN ASISTENCIA, A PERSONAS MAYORES, NIÑAS O ADOLESCENTES. PERSONAS QUE DEBAN ATENDER UNA SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR. PERSONAS AFECTADAS A LA ATENCIÓN DE COMEDORES ESCOLARES, COMUNITARIOS Y MERENDEROS. PERSONAS QUE SE DESEMPEÑEN EN LOS SERVICIOS DE COMUNICACIÓN, AUDIOVISUALES, RADIALES Y GRÁFICOS. PERSONAL AFECTADO A LA OBRA PUBLICA. SUPERMERCADOS MAYORISTAS Y MINORISTAS, COMERCIOS MINORISTAS DE PROXIMIDAD. FARMACIAS. FERRETERÍAS. VETERINARIAS. PROVISIÓN DE GARRAFAS. INDUSTRIAS DE ALIMENTACIÓN, HIGIENE PERSONAL Y LIMPIEZA, DE EQUIPAMIENTOS MÉDICOS, MEDICAMENTOS, VACUNAS Y OTROS INSUMOS SANITARIOS. ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA Y DE PESCA. RECOLECCIÓN DE RESIDUOS URBANOS. MANTENIMIENTO DE SERVICIOS BÁSICOS. TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, DE MERCADERÍA, PETRÓLEO Y COMBUSTIBLE. REPARTO A DOMICILIO DE ALIMENTOS, MEDICAMENTOS, PRODUCTOS DE HIGIENE, DE LIMPIEZA. SERVICIO DE LAVANDERÍA. SERVICIOS POSTALES Y DE DISTRIBUCIÓN DE PAQUETERÍA. SERVICIOS ESENCIALES DE VIGILANCIA, LIMPIEZA Y GUARDIA. Esta Policía Departamental solicita encarecidamente a la población tome conciencia de la dimensión mundial del problema de salud que nos encontramos transitando y se tomen todas las medidas preventivas posibles en post de la salud de todos los habitantes.