Fallo impide que las distribuidoras corten el gas natural por falta de pago

Las empresas distribuidoras de gas no podrán cortarles el suministro a los usuarios que no paguen. Así lo dispuso ayer el juzgado federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, al hacer lugar a un amparo colectivo que presentó la Asociación Consumidores Argentinos con el objetivo de frenar los cortes que se suceden ante la imposibilidad de muchos de hacer frente a los tarifazos dispuestos por el gobierno de Mauricio Macri.

El juzgado federal de Dolores dio curso a la acción presentada en defensa de los usuarios y dictó una medida cautelar que ordena que “todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago”. Mediante la presentación se solicitaba que los aumentos del gas sean declarados nulos e inconstitucionales “por falta de audiencia pública”. Además de la suspensión de los cortes, habían pedido que se ordene a las empresas distribuidoras a dar marcha atrás con las subas y llevar el gas a los valores anteriores al 1 de abril de este año.

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