La Justicia rechazó una denuncia del Colegio de Técnicos y le dio la razón al CPHS

La Justicia bonaerense rechazó la medida cautelar impulsada por el Colegio de Técnicos de la Provincia de Buenos Aires contra el Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo, en una resolución que representa un respaldo institucional al ejercicio profesional de los matriculados de la disciplina mientras se sustancia la discusión de fondo sobre incumbencias.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, que desestimó el pedido para suspender de manera inmediata distintas intervenciones profesionales vinculadas a controles y certificaciones de seguridad eléctrica, sistemas contra incendio y mediciones de puesta a tierra.

En el fallo, el magistrado consideró que no se encuentra acreditada, en esta etapa preliminar, la “verosimilitud del derecho” necesaria para dictar una cautelar de semejante alcance, y sostuvo que la cuestión requiere un análisis técnico, jurídico y probatorio más profundo.

Desde el Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad, que preside Lorenzo Gómez, remarcaron que la resolución permite garantizar la continuidad de tareas que forman parte de la prevención de riesgos laborales y de la protección de trabajadores e instalaciones, en el marco de las competencias reconocidas por la normativa vigente.

Durante el proceso, la entidad defendió que los licenciados en Higiene y Seguridad cuentan con formación específica para evaluar riesgos eléctricos, sistemas de protección y condiciones de seguridad en ámbitos laborales, diferenciando esas tareas de la ejecución de instalaciones eléctricas, reservada a otras especialidades técnicas.

En ese sentido, el fallo recoge los argumentos vinculados a la Ley Provincial 15.105 y a la normativa nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo, especialmente la Ley 19.587 y el Decreto 351/79, que establecen obligaciones concretas en materia de prevención y control de riesgos eléctricos y de incendio.

El juez también valoró que la discusión planteada involucra múltiples actividades profesionales y distintos marcos regulatorios, lo que impide resolver la controversia mediante una medida precautoria sin un estudio exhaustivo de las incumbencias específicas.

Otro aspecto relevante de la resolución es que la Justicia aclaró expresamente que no existe, por el momento, un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del conflicto. Es decir, no se determinó aún qué alcances corresponden a cada profesión, sino únicamente que no estaban dadas las condiciones para restringir de inmediato las actuaciones del Colegio de Higiene y Seguridad.

En términos prácticos, la resolución permite que el Colegio continúe desarrollando sus actividades institucionales, manteniendo vigentes las visaciones, formularios y procedimientos actualmente utilizados por sus matriculados, lo que representa un duro revés para la entidad que conduce Daniel Gasparetti, que no pudo presentar ni documentación ni evidencias para sostener su denuncia.

La decisión judicial también deja planteado un debate más amplio sobre la evolución de las profesiones vinculadas a la seguridad laboral, la creciente especialización técnica y la necesidad de interpretar las incumbencias profesionales a la luz de las transformaciones normativas y tecnológicas que atraviesan al mundo del trabajo.