53 La Dirección Provincial de Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas del Ministerio de Seguridad insta al Departamento Ejecutivo Municipal de Gonzales Chaves al cumplimiento del Art. 5 de la Ley Nº11.825, cuyo texto comunica: “Dispónese la prohibición de venta, expendio y/o suministro a cualquier título, de bebidas alcohólicas en los lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva y dentro de un radio de 200 metros de dichos lugares, una hora antes y hasta una hora después del horario de desarrollo del mismo ”. La medida alcanza a eventos culturales y deportivos de concurrencia masiva que puedan tener lugar en el distrito, y que obliga a “promover y constatar el cumplimiento de la normativa legal para conservar el orden público en aras de preservar la vida y la salud de los concurrentes”, dice la misiva.