127 La Secretaria de Seguridad de Gonzales Chaves comunica que estĆ” en vigencia la Ordenanza N°3358 que regula las denominadas āfiestasĀ Ā privadasā en todo el distrito de Gonzales Chaves.La sanción de la norma del Honorable Concejo Deliberante habilita al Departamento Ejecutivo municipal a exigir requisitos mĆ”s severos de seguridad para quienes organicen encuentros de personas en lugares privados.Ā MĆ”s allĆ” de la problemĆ”tica existente, relacionada principalmente con la ingesta excesiva de alcohol de menores, tambiĆ©n se debe tener en cuenta la seguridad de las personas que asisten a las āfiestasā de carĆ”cter privado, donde no existen precauciones en este aspecto, como por ejemplo las salidas de emergencia, medidas de protección y prevención de incendios y ruidos molestos por sobre el lĆmite de la tolerancia.Ā En Gonzales Chaves existĆa un vacĆo legal que dificultaba el encuadre jurĆdico de este tipo de hechos. Ahora, la ordenanza establece un orden y regula la situación estableciendo claramente los requisitos, responsabilidades y penalidades a las que quedarĆ”n sujetas las personas que organicen estos eventos sin previa autorización.Ā La ordenanza, en su ArtĆculo 1°, establece que āLos propietarios, poseedores o tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles, sean personas fĆsicas o jurĆdicas, en donde se realicen espectĆ”culos o fiestas de carĆ”cter privado en forma eventual y esporĆ”dica para determinada fecha o acontecimiento en la que se reĆŗnan al menos ochenta (80) personas, independientemente del tĆtulo gratuito u oneroso tanto de la entrada como del expendio de bebidas alcohólicas, quedarĆ”n sujetos a lo establecido en la presente ordenanzaā.Ā Y agrega: āQuedan exentas de los alcances de esta norma de manera principal o complementaria; las fiestas y eventos realizados en clubes, sociedades de fomento, salones y demĆ”s establecimientos habilitados expresamente a esos efectosā. ORDENANZA NĀŗ 3358 - FIESTAS PRIVADAS