Municipio aplica la ordenanza que regula las fiestas privadas

La Secretaria de Seguridad de Gonzales Chaves comunica que está en vigencia la Ordenanza N°3358 que regula las denominadas “fiestas  privadas” en todo el distrito de Gonzales Chaves.

La sanción de la norma del Honorable Concejo Deliberante habilita al Departamento Ejecutivo municipal a exigir requisitos más severos de seguridad para quienes organicen encuentros de personas en lugares privados.

 

Más allá de la problemática existente, relacionada principalmente con la ingesta excesiva de alcohol de menores, también se debe tener en cuenta la seguridad de las personas que asisten a las “fiestas” de carácter privado, donde no existen precauciones en este aspecto, como por ejemplo las salidas de emergencia, medidas de protección y prevención de incendios y ruidos molestos por sobre el límite de la tolerancia.

 

En Gonzales Chaves existía un vacío legal que dificultaba el encuadre jurídico de este tipo de hechos. Ahora, la ordenanza establece un orden y regula la situación estableciendo claramente los requisitos, responsabilidades y penalidades a las que quedarán sujetas las personas que organicen estos eventos sin previa autorización.

 

La ordenanza, en su Artículo 1°, establece que “Los propietarios, poseedores o tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles, sean personas físicas o jurídicas, en donde se realicen espectáculos o fiestas de carácter privado en forma eventual y esporádica para determinada fecha o acontecimiento en la que se reúnan al menos ochenta (80) personas, independientemente del título gratuito u oneroso tanto de la entrada como del expendio de bebidas alcohólicas, quedarán sujetos a lo establecido en la presente ordenanza”.

 

Y agrega: “Quedan exentas de los alcances de esta norma de manera principal o complementaria; las fiestas y eventos realizados en clubes, sociedades de fomento, salones y demás establecimientos habilitados expresamente a esos efectos”.

ORDENANZA Nº 3358 - FIESTAS PRIVADAS

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