REGLAMENTACIÓN CONJUNTA DE LOS MINISTERIOS DE SALUD Y TRABAJO POR EL BONO SALUD

📌 La Asignación estímulo para los trabajadores de la salud será determinada por la AFIP.
📌 La nómina de trabajadores será concordante con la del REFES (Registro Federal de Establecimientos) e incluye a trabajadores de la salud, profesionales y técnicos, auxiliares, ayudantes y a toda persona expuesta y abocada a controlar la Pandemia provocada por el COVID-19.
📌 Además, se incluyen los trabajadores que desarrollan actividades en establecimientos de salud con internación, ya sea con financiamiento público o privado.
📌 También se incluyen aquellos trabajadores de la seguridad social, de los sistemas de atención de emergencia extra-hospitalaria; los de laboratorios de análisis clínicos y los establecimientos y/o residencias de la tercera edad.
📌 El Ministerio de Salud gestionará los pagos a través de ANSES
📌 La AFIP verificará los datos y tanto las UDAI como la SIGEN controlarán el proceso.

RS-2020-26577318-APN-MS

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Número de edición: 106340

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