Se reanudar el periodo ordinario de las sesiones y las reuniones de comisión.

La necesidad de reanudar con el periodo ordinario de las sesiones y las reuniones de comisión, resultando conveniente intensificar la adopción de medidas preventivas en el ámbito legislativo, que resulten adecuadas para direccionar el esfuerzo sanitario y neutralizar la propagación de la enfermedad.

Que, a modo de cumplir el distanciamiento social entre los concurrentes, queda prohibido el ingreso de público en general a las sesiones ordinarias, garantizando la transmisión de las mismas a través de los medios de prensa encargados a tales efectos.

Que, el decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 297/2020 en el cual se estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, en su artículo 6 “quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”.  Inciso 2: “autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de CABA. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal y de CABA, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades”.

Que, a nivel Municipal nos encontramos en la fase 4 de la cuarentena que establece la flexibilización de actividades para los conglomerados de menor densidad poblacional.

Por ello;

El PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Adolfo Gonzales Chaves, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A

ARTICULO 1: Reanúdese las reuniones de comisión y sesiones ordinarias en los días y horarios habituales.

ARTICULO 2: Dispóngase la suspensión de ingreso de público general a las Sesiones legislativas, supeditado al dinamismo de las medidas preventivas, adoptadas por la Administración Nacional, Provincial y/o Municipal.

ARTICULO 3: Infórmese a aquellas entidades de bien público o ciudadanos que deseen reunirse con los concejales deberán solicitarlo previamente y se deberán realizar dentro del protocolo de prevención sanitaria.

ARTICULO 4: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dado en la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante del Distrito de Adolfo Gonzáles Chaves, a los catorce (18) días del mes de Mayo de 2020.-

                              ROMERO, MARIA INES                                                       ETHEL DEL LUJAN DIEZ

                                 SECRETARIA H. C .D.                                                           PRESIDENTE H. C .D.

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