ZONA FRÍA: YA RIGE LA NUEVA LEY Y CAMBIAN LOS DESCUENTOS EN EL GAS PARA GONZALES CHAVES Y LA REGIÓN

La Ley 27.828 fue promulgada y publicada este martes 13 de octubre en el Boletín Oficial. La reforma elimina el beneficio automático para los distritos incorporados en 2021 y establece nuevos requisitos para acceder a una bonificación. En la provincia de Buenos Aires, la medida alcanza a Adolfo Gonzales Chaves, Tres Arroyos, San Cayetano y otros municipios.

El Gobierno nacional oficializó la modificación del Régimen de Zona Fría mediante la promulgación de la Ley 27.828, que introduce cambios en el sistema de descuentos aplicados a las facturas de gas natural por redes.

La norma fue promulgada mediante el Decreto 1161/2026 y entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, este martes 13 de octubre.

La reforma modifica el esquema que, desde 2021, había extendido las bonificaciones por Zona Fría a nuevas localidades del país. A partir de ahora, vivir en uno de los distritos incorporados durante esa ampliación ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento.

El cambio alcanza a numerosos municipios bonaerenses, entre ellos Adolfo Gonzales Chaves, Tres Arroyos, San Cayetano, Benito Juárez, Tandil, Bahía Blanca y Coronel Pringles, además de otras localidades de la provincia.

La nueva legislación mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna.

¿QUÉ CAMBIA CON LA NUEVA LEY?

Hasta ahora, los usuarios residenciales comprendidos en la ampliación del régimen podían acceder a descuentos del 30% en la tarifa de gas, mientras que determinados hogares contaban con una bonificación del 50%.

Con la modificación aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo, el beneficio general deja de estar garantizado exclusivamente por la ubicación geográfica en las zonas incorporadas en 2021.

En su lugar, la ley establece una bonificación adicional por Zona Fría vinculada al régimen de subsidios energéticos focalizados, con requisitos geográficos y socioeconómicos.

Esto significa que los hogares que no reúnan las condiciones previstas podrían dejar de recibir el descuento anterior. Sin embargo, el impacto concreto dependerá de la situación de cada usuario, los subsidios que le correspondan y las disposiciones de aplicación del nuevo esquema.

QUIÉNES PODRÁN ACCEDER A LA BONIFICACIÓN

La Ley 27.828 contempla distintos criterios para que los hogares puedan acceder a la asistencia adicional.

Entre ellos se encuentran:

  • Hogares cuyos integrantes perciban, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según el INDEC.
  • Hogares en los que al menos un integrante tenga Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
  • Hogares con integrantes que perciban la Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Hogares con al menos un integrante que posea Certificado Único de Discapacidad (CUD), cuya situación deberá ser evaluada por la autoridad energética para determinar la necesidad de asistencia económica.

Además de cumplir los criterios correspondientes, deberán considerarse la inscripción en el régimen de subsidios focalizados y las condiciones geográficas previstas por la normativa.

La bonificación adicional se aplicará sobre los consumos base contemplados por el sistema, por lo que no necesariamente alcanzará a todo el gas utilizado por cada hogar.

QUÉ PASARÁ EN ADOLFO GONZALES CHAVES Y EL SUDESTE BONAERENSE

Para los usuarios de Adolfo Gonzales Chaves y de las localidades del distrito, la modificación abre un nuevo escenario respecto de los descuentos que se venían aplicando en las facturas de gas por redes.

La situación también involucra a Tres Arroyos, San Cayetano y otros municipios de la región que habían sido incorporados al régimen ampliado.

En estos distritos, el descuento territorial general deja de estar garantizado por el solo hecho de residir en la zona. Los hogares deberán reunir las condiciones previstas para acceder a la bonificación adicional.

No obstante, la promulgación de la ley no permite establecer por sí sola cuánto aumentará la factura de cada vecino. El resultado dependerá del consumo, la categoría tarifaria, los subsidios que conserve cada usuario y la forma en que se implemente el nuevo régimen.

Tampoco corresponde afirmar que todos los hogares perderán cualquier tipo de asistencia: la normativa contempla mecanismos de bonificación para determinados sectores.

¿CUÁNDO SE VERÁ REFLEJADO EL CAMBIO EN LAS FACTURAS?

La Ley 27.828 está vigente desde su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, la aplicación concreta de sus disposiciones requiere considerar los procedimientos administrativos y las determinaciones de la autoridad competente.

Por ese motivo, los usuarios deberán prestar atención a las comunicaciones oficiales y a la información que brinden las empresas distribuidoras de gas sobre la aplicación de los nuevos criterios.

La norma no establece un porcentaje único de aumento para todos los hogares ni permite calcular de manera general cuánto pagará cada familia a partir de su entrada en vigencia.

UN CAMBIO QUE IMPACTA EN EL PRESUPUESTO FAMILIAR

El gas es un servicio esencial para miles de familias del sudeste bonaerense, especialmente durante los meses de bajas temperaturas, cuando aumenta su utilización para calefaccionar las viviendas.

La modificación del régimen plantea un cambio importante: la bonificación deja de depender únicamente de la ubicación geográfica para los distritos incorporados en 2021 y pasa a estar condicionada por requisitos específicos.

Para los vecinos de Adolfo Gonzales Chaves y la región, conocer las condiciones de acceso y verificar su situación particular será fundamental para determinar qué asistencia podrán recibir bajo el nuevo esquema.

FUENTE OFICIAL: Ley 27.828 y Decreto 1161/2026, publicados en el Boletín Oficial de la República Argentina el 13 de octubre de 2026.

Consulta de la normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348838/20261013