CORONAVIRUS – COMUNICADO DE LA AYUDANTIA FISCAL DE CHAVES

El Dr. Juan Carlos Ustarroz recuerda a la población que el aislamiento ordenado en el art. 7 del decreto 260 ES OBLIGATORIO. Todas las personas que se encuentren comprendidas en los casos sospechosos mencionados en el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) deben aislarse por catorce días. ESO INCLUYE a las personas que no tengan ningún síntoma.

            No obedecer el aislamiento constituye delito penal y se recurrirÔ a la Fuerza Pública para que se realice ademÔs de iniciarse las acciones penales por las que se responderÔ cuando el aislamiento haya finalizado. En caso de no conocerse el decreto de emergencia sanitaria el siguiente link los redirigirÔ al mismo  https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2020031201NS.pdf

Ā Ā Ā Ā Ā Ā Ā Ā Ā Ā Ā  Por Ćŗltimo, en caso de conocerse sobre personas que hayan arribado al paĆ­s tras haber transitado por zonas afectadas y/o incumplan las medidas de aislamiento preventivo deberĆ”n informar a las autoridades pĆŗblicas de conformidad con lo preceptuado en el Ćŗltimo pĆ”rrafo del artĆ­culo 7 del DNU 260/20.Ā  ā€œā€¦autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberĆ”n radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artĆ­culos 205, 239 y concordantes del Código Penalā€

 

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