“La nueva ley penal juvenil: ¿más responsabilidad o más represión?”

El Dr. Hugo Shoda analiza el alcance de la Ley 27.801, que baja la edad de imputabilidad a 14 años y redefine el sistema penal juvenil en Argentina.

En diálogo con ChavesDigital, el abogado y Técnico en Seguridad Pública explica qué cambia realmente con la nueva normativa: cuándo un menor puede ser privado de su libertad, cuáles son los límites de las penas, el rol de la policía y si la ley implica un giro hacia políticas más duras o un enfoque equilibrado entre responsabilidad y reinserción social.

Doctor, la Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. ¿Esto significa que ahora un chico de 14 puede ir preso por cualquier delito?

No, por cualquier delito no. A partir de los 14 sí responde penalmente, pero la ley es clara: la privación de libertad es el último recurso. Para delitos leves o medianos, el juez tiene que priorizar amonestación, reparación del daño, servicios comunitarios o monitoreo electrónico. Solo en los casos graves —homicidios, violaciones, delitos con violencia extrema— la prisión se vuelve obligatoria.

Doctor, una duda que suele surgir en estos casos: ¿exactamente a partir de qué edad un chico que está cumpliendo una pena en un instituto juvenil puede ser trasladado a una cárcel de mayores según la Ley 27.801? ¿Es automático al cumplir 18, o hay alguna excepción?

A partir de los 18 años es obligatorio el traslado. La ley dice que al alcanzar la mayoría de edad debe cumplir el resto de la condena en establecimientos penitenciarios para mayores. Pero excepcionalmente, si el propio interesado lo pide y las autoridades del instituto lo aceptan, puede quedarse en el centro juvenil hasta la finalización del año calendario en que cumplió 18, siempre y cuando sea conveniente para continuar un tratamiento médico, psicológico, educativo o laboral.

¿La policía ahora va a tener más facultades para detener a un menor de 14 años, o va a seguir trabajando igual que antes?

La policía va a trabajar exactamente igual que con cualquier otro ciudadano. La baja de la edad de imputabilidad no le da a la policía ninguna facultad nueva. Para detener a un menor de 14 años sigue siendo obligatorio tener flagrancia o una orden judicial. No pueden detenerlo preventivamente por simple sospecha, como algunos creen. Lo único que cambia es que, una vez detenido, a partir de los 14 el chico entra en el nuevo régimen penal juvenil con todas las garantías procesales que establece la ley.

¿Cuál es el tope de pena? Porque mucha gente cree que ahora van a poder darles cadena perpetua.

Rotundamente no. El máximo es 15 años de prisión, sin excepciones. Aunque el delito tenga prevista perpetua en el Código Penal, para menores el tope es 15 años. Eso es una de las grandes novedades.

¿Y cómo se cumple esa pena? ¿Van a estar mezclados con adultos?

Absolutamente prohibido. Deben cumplirla en institutos cerrados exclusivos para adolescentes. Además, la ley obliga a que reciban educación, formación laboral y tratamiento psicológico durante toda la condena.

Una crítica frecuente es que esto es “mano dura” disfrazada. ¿Qué responde usted?

Es un error conceptual. La vieja Ley 22.278 era un régimen tutelar vago que prácticamente no responsabilizaba a nadie menor de 16. Ahora hay un sistema con garantías procesales reales, derechos para las víctimas y un enfoque de resocialización concreto. Bajar la edad sin dar herramientas de rehabilitación sí sería represión. Esta ley intenta equilibrar ambas cosas.

¿A los 14 años un chico tiene capacidad real de comprender la gravedad de un homicidio?

La ley presume que sí a partir de los 14. Pero el juez debe evaluar en cada caso la madurez psíquica del adolescente. Si se demuestra que no comprendía la criminalidad del acto, puede declararse inimputable.

¿Qué pasa cuando el chico cumple 18 mientras está detenido?

Sigue cumpliendo la pena en el instituto juvenil hasta los 21 como máximo. Nunca pasa a una cárcel de adultos antes de esa edad.

¿La ley ya está vigente?

Fue publicada el 9 de marzo de 2026. Tiene 180 días para su plena implementación, así que entrará en vigencia plena alrededor de septiembre de este año.

Contacto profesional
Quienes deseen comunicarse con el Dr. Hugo Shoda pueden hacerlo al celular 2983 58-4128 o acercarse a su estudio ubicado en Carlos Pellegrini 280, Adolfo Gonzales Chaves.

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