Gonzales Chaves: Su hija fingió un secuestro y ahora deberá pagar con 10 días de arresto y una multa económica.

El 4 de noviembre del año pasado el operador del servicio de emergencia 911 recibió una llamada donde se escuchaban llantos y donde una voz susurraba: “Nos secuestraron en Balcarce, no sabemos dónde estamos.

Nos violaron”, alcanza a decir la voz entrecortada de una adolescente en estado de shock. En total fueron cuatro llamados procedentes de abonados celulares en donde quienes llamaron dijeron ser víctimas de una privación ilegal de la libertad, violación y agresión con arma de fuego, mencionando que se encontraban en una situación de cautiverio en Balcarce y en poder de tres delincuentes fuertemente armados.

De acuerdo al protocolo de actuación, el CATE 911 envió los reportes a la subDDI para que, la dirección a cargo del comisario Maximiliano Banco Río, tome rápida intervención. Ante la gravedad de los hechos denunciados, se generó una alarma policial, y se desplegaron todos los recursos policiales disponibles, que fueron destinados a la búsqueda de las víctimas que requerían el auxilio inmediato; simultáneamente se iniciaron una serie de investigaciones tendientes a acotar el área de búsqueda. Cuentan las fuentes consultadas por La Vanguardiaque fueron horas de mucha tensión y dramatismo. “Denunciaron un secuestro y no podemos descartar nada hasta no estar seguros qué pasó”, indicó una fuente que actuó en aquel momento donde todo el sistema local estuvo en alerta máxima. Tras realizarse la verificación de los abonados celulares se pudo determinar que todos los llamados de auxilio estuvieron relacionados con una historia falsa.

Más tarde, los investigadores de la subDDI identificaron un teléfono, el de una mujer, y un domicilio la calle Pellegrini de la localidad de Adolfo Gonzales Chaves donde residen las adolescentes, menores de edad, que efectuaron los llamados.

Fallo

Según pudo saber en exclusivo La Vanguardia, siete meses después y tras el pedido de absolución de la defensa de la mujer –madre de las menores-, el juez de Paz Letrado, el doctor Ricardo Crotto, falló contra la imputada y la condenó en un fallo reciente. En su argumentación, Crotto mencionó que “no le asiste razón a la Defensa, quien basada en que se ha tratado solo de una broma de adolescentes, considera que el bien jurídico protegido por la norma no se ha vulnerado de modo significativo. De las constancias surge la prueba concluyente de la comisión de la conducta tipificada por ley, esto es “el que sin provocar la concurrencia de los servicios –Policía, Cuerpo de Bomberos, asistencia sanitaria o cualquier otro servicio análogo- ni padeciere una situación de emergencia, realizare llamadas a los números de teléfonos de emergencias y urgencias integrantes del Sistema de Atención Telefónica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires, expresando términos agresivos u obscenos, bromas, articulando mecanismos automáticos con fines molestos o cualquier otra acción que interfiera indebidamente en su normal desarrollo”.

 

Condena

Expresa el juez que dicha norma prevé que “las penas previstas en la misma alcanzan además al titular de la línea telefónica utilizada –la madre de la joven-, que en este caso conforma la prueba colectada, quien además reconoció ser la titular de la línea de donde se realizaron los llamados, ello sin perjuicio de manifestar  que fueron realizados por su hija y unas “amiguitas”, aduciendo que fue una broma de mal gusto”. Para Crotto, se encuentra efectivamente probado que se han realizado cuatro llamadas al Servicio de Emergencia (911), cuyo titular -del primero de ellos- resulta ser la imputada, las cuales interfirieron con el normal funcionamiento de dicho sistema, ya que se denunciaba una situación de peligro ficticia y en las que se solicitaba auxilio por parte de los efectivos policiales. “Considero que la imputada de autos resulta responsable objetivamente por tal conducta y se conforma plena prueba de la falta contravencional”, afirma el magistrado. Respecto de la pena dispuso condenar a la mujer de 38 años a la pena de una multa equivalente a cinco  haberes mensuales de oficial de policía –ronda, con los descuentos, los 29.147 mil pesos de bolsillo ($ 145.735 en total)- y arresto de diez  días, deduciendo los días de detención  preventiva sufridos, como autora objetivamente responsable de la infracción a la Ley 8031.

Gentileza: Diario La Vanguardia

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