41 La Policía Comunal de Gonzales Chaves comunica las nuevas medidas emanadas de la Justicia Federal con asiento en la ciudad de Necochea, a cargo del Juez Federal Dr. Bernardo Bibel, el cual dispuso las nuevas reglamentaciones. – Toda persona que no pueda justificar su permanencia en la vía pública después de los horarios permitidos se les labrarán actuaciones por infracción al art. 205 (Código Penal) con intervención del Juzgado Federal, cuya persona será trasladada a su domicilio en arresto domiciliario – Si se estableciera que una persona resulta ser reincidente se le labrará un acta por infracción el art. 239. – La persona que transite en vehículo y no pueda justificar su permanencia, se procederá al secuestro del rodado, retención de cedula verde y/o azul y licencia de conducir. En estos casos el rodado será trasladado al domicilio, previo establecer si posee algún impedimento legal para transitar y en este caso se procederá a su secuestro en dependencias municipales. – Menores que circulen por la vía pública y no puedan justificar su presencia en el lugar se llama al progenitor desde el lugar y se los notifica al progenitor junto con el menor desde el lugar y se los traslada al domicilio, labrándose el acta respectiva con intervención de la Justicia Federal Recordamos que el Código Penal en su artículo 205 establece que será reprimido con prisión de seis meses a dos años a quien viole las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia. Mientras que el artículo 239 del Codigo Penal expresa que será reprimido con prisión de quince días a un año al que desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones, o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.