85 La PolicĂa Comunal de Gonzales Chaves comunica las nuevas medidas emanadas de la Justicia Federal con asiento en la ciudad de Necochea, a cargo del Juez Federal Dr. Bernardo Bibel, el cual dispuso las nuevas reglamentaciones. – Toda persona que no pueda justificar su permanencia en la vĂa pĂşblica despuĂ©s de los horarios permitidos se les labrarán actuaciones por infracciĂłn al art. 205 (CĂłdigo Penal) con intervenciĂłn del Juzgado Federal, cuya persona será trasladada a su domicilio en arresto domiciliario – Si se estableciera que una persona resulta ser reincidente se le labrará un acta por infracciĂłn el art. 239. – La persona que transite en vehĂculo y no pueda justificar su permanencia, se procederá al secuestro del rodado, retenciĂłn de cedula verde y/o azul y licencia de conducir. En estos casos el rodado será trasladado al domicilio, previo establecer si posee algĂşn impedimento legal para transitar y en este caso se procederá a su secuestro en dependencias municipales. – Menores que circulen por la vĂa pĂşblica y no puedan justificar  su presencia en el lugar se llama al progenitor desde el lugar y se los notifica al progenitor junto con el menor desde el lugar y se los traslada al domicilio, labrándose el acta respectiva con intervenciĂłn de la Justicia Federal Recordamos que el CĂłdigo Penal en su artĂculo 205 establece que será reprimido con prisiĂłn de seis meses a dos años a quien viole las medidas adoptadas para impedir la propagaciĂłn de una epidemia. Mientras que el artĂculo 239 del Codigo Penal expresa que será reprimido con prisiĂłn de quince dĂas a un año al que desobedezca a un funcionario pĂşblico en el ejercicio legĂtimo de sus funciones, o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquĂ©l o en virtud de una obligaciĂłn legal.